FICHA
- Producto Departamento Monoambiente
- Operación Alquiler
- Barrio Paternal
- Ambientes 1
- Baños 1
- Antigüedad 3 años
- Estado Excelente
- Disposición Contrafrente
- Sup. Propia 39,00 m2
- Sup. Cubierta 36,00 m2
- Sup. Balcón 3,00 m2
- Expensas 66.000
$ 530.000
ALQUILER
Fragata P. Sarmiento 1800
Paternal
ALQUILER MONOAMBIENTE DIVISIBLE. MUY LUMINOSO!! APTO PROFESIONAL
Bajas Expensas!!
Excelente ambiente divisible en un 3° Piso con balcón , al contrafrente.
Amplia cocina integrada con barra.
Baño completo.
La unidad cuenta con:
-Aire acondicionado frío-calor
-Agua caliente por calefón eléctrico
-Cocina a gas
-Estufa de tiro balanceado
- Conexión para lavarropas
Gastos:
Expensas: $66.000 (junio 2025)
ABL: $ 12.958,66 (julio 2025)
Ubicado en el barrio de La Paternal, a media cuadra de Av. San Martín y de Juan B. Justo donde se encuentra el Metrobus.
Variedad de medios de transporte y comercios en la zona.
“Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”
DETALLE DE LA PROPIEDAD
ADICIONALES
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.